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¡Aquí te enseñamos cómo adquirir tu Auxilio!

ARTÍCULO 23º: REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN DE AUXILIOS: Se establecen los siguientes  requisitos para acceder a los auxilios a través del Fondo de Solidaridad de COTIEMPO:

  1. Ser asociado hábil y tener un años de antigüedad en COTIEMPO.
  2.  Presentar solicitud escrita a la Gerencia justificando el tipo de calamidad, quien la tramitará ante el Comité de Solidaridad para su concepto y aprobación.
  3. Adjuntar copia del registro civil de nacimiento o matrimonio o prueba supletoria, constancia de convivencia, según el caso en calamidades relacionadas con el grupo familiar.
  4. Informe evaluativo de la correspondiente calamidad, donde conste los resultados de la inspección ocular del lugar donde se produjo la situación, consignada en acta debidamente firmada por el Coordinador y Secretario del Comité de Solidaridad.
  5. La solicitud de auxilio debe hacerse mientras el asociado esté activo.
  6. La solicitud y los documentos soporte, deberán presentarse dentro de los sesenta (60) días siguientes al hecho. En caso contrario se pierde el derecho.

PARÁGRAFO: En ningún caso se concederá más de un (1) auxilio al año (periodo fiscal) por grupo familiar.

ARTICULO 24: BENEFICIARIOS:

CASADOSSOLTEROS
El AsociadoAsociado
El Cónyuge ó compañero (a) permanentePadres
Los padres del AsociadoBeneficiarios mayores de 18 años y menores de 
25 que sean estudiantes y los hijos con alguna discapacidad.
Beneficiarios mayores de 18 años y menores de 25 que sean estudiantes y los hijos con 
alguna discapacidad.
 

ARTÍCULO 25º: CUANTÍA DE LOS AUXILIOS QUE SE 

CONCEDERÁN A TRAVÉS DEL FONDO DE SOLIDARIDAD:

Estos auxilios están sujetos al presupuesto anual asignado.

CONCEPTOMONTO MÁXIMOREQUISITOS
 Gastos Clínicos Hasta el cincuenta por ciento (50%) del costo total, 
sin que supere en ningún caso el sesenta por ciento (60%) de un salario 
mínimo legal mensual vigente, en la fecha de expedición de los correspondientes 
comprobantes.
Se tendrán en cuenta únicamente los casos de intervenciones 
quirúrgicas o gastos de hospitalización, no cubiertos por la EPS a la cual se encuentren inscritos. El auxilio será otorgado, exclusivamente, para gastos de clínica u 
honorarios médicos, droga post-operatoria y terapias post-operatorias, según consten en la correspondiente remisión de la clínica o médico con la orden de salida.
Auxilios para 
gafas
Hasta el cincuenta por ciento (50%) del costo total, sin que supere en ningún caso el sesenta por ciento (60%) de un 
salario mínimo legal mensual vigente, en la fecha de expedición de los correspondientes comprobantes.
 Se otorgara únicamente a los asociados independientes y a los 
trabajadores de Cotiempo asociados.
Auxilio 
Odontológico
   
El    37%    de    un    S.M.L.M.V aproximado al mil más cercano.
Se deberá presentar certificación del odontólogo que esté 
realizando el tratamiento, donde se indique lo que se le está haciendo, costo total del mismo y abonos que haya 
realizado el paciente. 
Los soportes que se presenten deben tener como máximo 2 meses de expedición. 
El giro se hará directamente al asociado.

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